El uso de la literatura como fuente para el estudio de la Historia ha generado a lo largo del tiempo un profundo debate. Sin embargo, en la actualidad, los historiadores han sabido dar el valor que se merecen a las fuentes literarias.
Ciertamente, un uso adecuado de la literatura contemporánea al momento histórico estudiado puede aportarnos la imagen que en aquellos momentos se tenía sobre determinados aspectos. Por ello, hemos querido traer a colación el caso de una de las obras más importantes de la literatura española: Don Quijote de la Mancha, y la espléndida descripción que nos ofrece sobre un aspecto muy concreto: la pena de galeras. Si bien, toda la obra constituye un reflejo excepcional de la sociedad de finales del siglo XVI y principios del XVII, cuando se publica la primera edición.
Sin embargo, antes de adentrarnos en las aventuras de Don Quijote, conviene hacer una breve alusión a dicha condena y al funcionamiento de las galeras.
Desde la Edad Media se aprecia cierto interés en la utilización de algunos condenados (especialmente aquellos extremadamente violentos o peligrosos) en tareas relacionadas con el servicio de forzados en la marina de guerra. No obstante, fue durante el reinado de Carlos V cuando se dieron las primeras disposiciones legales que establecieron la pena de galeras.
En principio, aquellos sentenciados a penas corporales o de destierro podían obtener una conmutación de su pena por la de galeras. Sin embargo, la creciente necesidad por parte de la Corona de hombres con los que aumentar su armada supuso la ampliación de los supuestos en los que un delincuente podía ser condenado a dicha pena. Asimismo, a la vez que se aumentaba el número de delitos cuya condena podía ser conmutada a galeras, aumentaba el número de años de servicio. El punto culminante de dicho servicio se produjo durante el reinado de Felipe II, y más concretamente, en el periodo de lucha contra los turcos por el control del Mediterráneo.
La conmutación de la pena de muerte por la de galeras podría parecernos a primera vista una salvación para el hombre, sin embargo, para muchos condenados la vida en las galeras se convirtió en una auténtica muerte en vida. Esto supuso que el número de buenas voyas, voluntarios que se renrolaban en el servicio de galeras, disminuyera a lo largo del tiempo, de manera, que el número de delincuentes necesarios para bogar una fuerte armada aumentara considerablemente.
Los galerotes se situaban en el centro de la embarcación, estaban encadenados y hacían vida en un espacio no mayor de 1,5 metros. A la hora de dormir lo hacían debajo de su banco (denominado "cuertel"). La vida en ellas era extemadamente dura, y por ello, Gregorio Marañón las definión como "infiernos flotantes". Los galeotes, además de vivir en un corto espacio, tenían que soportar una humedad constante que, en casos de fuerte oleaje, les obligaba a remar con los pies en el agua. Por otra parte, su alimentación se basaba fundamentalmente en el conocido bizcocho (galleta de pan medio fermentado cocido dos veces para secarlo) que debía ser remojado para poder ingerirlo debido a su dureza. Junto
al bizcocho disponían de seis onzas de habas o garbanzos o, en su defecto, dos
onzas y media de arroz. También recibían un poco de sal, una libra de leña y un
azumbre de agua al día, que tras varios días se volvia "turvia, hedionda, caliente y cenagosa", debiendo ser hervida para su consumo.
Si alguien conocía bien cómo era la vida en las galeras ese fue Miguel de Cervantes. Combatiente en la famosa batalla de Lepanto no dudó en dedicar a los galeotes uno de sus capítulos del Quijote. En él, el ingenioso hidalgo se encuentra con una cuerda de galeotes que estaba formada por doce hombres "ensartados como cuentas en una gran cadena de hierro por los cuellos, y todos con esposas a las manos" que iban custodiados por dos hombres a pie y otros dos a caballo. Don Quijote se interesa por los motivos que llevaban a estos hombres a las galeras, ofreciéndonos el autor todo un catálogo de delitos y sus correspondientes penas.
Un delito frecuente en estos momentos era el de estupro. Éste consistía en la relación carnal, consentida mediante el engaño y la seducción, entre un hombre y una mujer. Lo normal era que el hombre les prometiese casarse con ellas, sin embargo, cuando esto no se cumplía la desonra tanto para la mujer como para su familia era muy grave. No obstante, la pena que correspondía a este delito no sólía ser la de galeras, sino de tipo pecuniario, corporal o la obligación de casarse con la estuprada. Sin embargo, la necesidad de galeotes empujó a la Corona a establecer un nuevo tipo de condena.
Yo voy aquí porque me burlé demasiadamente con dos primas hermanas mías, y con otras dos hermanas que no lo eran mías; finalmente, tanto me burlé con todo, que resultó de la burla la crecer la parentela, tan intrincadamente que no hay diablo que la declare. Probóseme todo, faltó favor, no tuve dineros, víame a pique de perder los tragaderos, sentenciáronme a galeras por seis años, consentí: castigo es de mi culpa, mozo soy: dure la vida, que con ella todo se alcanza.
Más allá de la propia condena, Cervantes nos muestra otras prácticas comunes en estos momentos tales como el tormento y la vergüenza pública. En lo que respecta al tormento, debemos indicar que éste seguía unas pautas muy claras. Primero comenzaba con una intimidación de carácter psicológico, mostrando los instrumentos de tortura, de manera que muchos de los detenidos confesaban el delito durante este ritual preparatorio, nada más desnudarles o colocarles en el potro. Pero si la confesión no se producía en este momento se pasaba a dar tormento. Los métodos que se utilizaron fueron muy numerosos, si bien, a los jueces inferiores sólo les estaba permitido aplicar el tormento de cordeles y el de agua, siendo frecuente que se aplicaran juntos. Un sistema que debió resultá tremendamente doloroso, ya que cuando el atormentado se encontraba en el potro, atrado de pies y manos, y se iba haciendo presión con las cuerdas, una vez que el cuerpo había cogido calor se le echaba un jarro de agua fría que aumentaba el dolor.
Preguntó don Quijote al segundo, el cual no respondió palabra, según iba de triste y melancólico; mas respondió por él el primero, y dijo:
― Este, señor, va por canario; digo, por músico y cantor.
― Pues, ¿cómo? ―respondió don Quijote― ¿Por músicos y cantores van también a galeras?
― Sí, señor ―respondió el galeote―, que no hay peor cosa que catar en el ansia.
―Antes he yo oído decir ―dijo don Quijote― que quien canta sus males espanta.
― Acá es al revés ―dijo el galeote―, que quien canta una vez llora toda la vida.
― No lo entiendo ―dijo don Quijote.
Mas una de las guardas le dijo:
― Señor caballero, cantar en el ansia, se dice, entre esta gente non santa, confesar en el tormento. A este pecador le dieron tormento y confesó su delito, que era ser cuatrero, que es ser ladrón de bestias, y por haber confesado, le condenaron por seis años a galeras, amén de docientos azotes que ya lleva en las espaldas. Y va siempre pensativo y triste, porque los demás ladrones que allá quedan y aquí van le maltratan y aniquilan, y escarnecen, y tien en poco, porque confesó y no tuvo ánimo de decir nones. Porque dicen ellos que tantas letras tiene un no como un sí, y que harta ventura tiene un delincuente, que está en su lengua su vida o su muerte, y no en la de los testigos y probanzas; y para mí tengo que no van muy fuera de camino
Asímismo, en lo que respecta a la vergüena pública, debemos indicar que un elemento fundamental a la hora de castigar un delito era su vertiente ejemplificadora, por ello, era normal que junto a la condena ordinaria se impusiera la vergüenza pública o los azotes. El delincuente era paseado por las calles más frecuentadas del lugar montado en un asno y normalmente atavidado con una coroza. La vergüenza que debía producir tal espectáculo, que motivaba las burlas de los vecinos del lugar, debía ser tal para algunos condenados que el pobre desdichado al que da voz Cervantes en el Quijote se echaba a llorar cada vez que recordaba el suceso.
Pasó don Quijote al cuarto, que era un hombre de venerable rostro con una barba blanca que le pasaba del pecho; el cual, oyéndose preguntar la causa por que allí venía, comenzó a llorar y no respondió palabra: mas el quinto condenado le sirvió de lengua y dijo:
― Ese hombre honrado va por cuatro años de galeras, habiendo paseado las acostumbradas vestido, en pompa y a caballo.
―Eso es ―dijo Sancho Panza―, a lo que a mí me parece, haber salido a la vergüenza. ― Así es ―replicó el galeote―; y la culpa por que le dieron esta pena es por haber sido corredor de orejas, y aun de todo el cuerpo. En efecto, quiero decir que este caballero va por alcahuete, y por tener asimismo sus puntas y collar de hechicero
Por otra parte, hay que destacar que los abusos de poder están presentes en el Quijote. Uno de los oficios que peor reputación tenían eran los escribanos, debido a los excesos que muchos de ellos cometían en sus empleos. Una situación que pudo venir propiciada, en buena medida, por el propio sistema retrivutivo, ya que éste se nutría del cobro de aranceles obtenidos directamente de los particulares, por lo que los procesos judiciales constituían una importante fuente de ingresos. De ahí que no resulten extrañas las palabras de uno de los condenados a galeras que aparece en el Quijote:
Pasando al tercer [Don Quijote], preguntó lo que a los otros; el cual, de presto y con mucho esenfado, respondió y dijo:
― Yo voy por cinco años a las señoras gurapas por faltarme diez ducados.
― Yo daré veinte de muy buena gana ―dijo don Quijote― por libraros de esa pesadumbre. ― Eso me parece― respondió el galeote― como quien tiene dineros en mitad de golfo y se está muriendo de hambre, sin tener adonde comprar lo que ha menester. Dígolo porque, si a su tiempo tuviera yo esos veinte ducados que vuestra merced ahora me ofrece, hubiera untado con ellos la péndola del escribano y avivado el ingenio del procurador, de manera que hoy me viera en mitad de la plaza de Zocodover, de Toledo, y no en este camino atraillado como galgo; pero Dios es grande: paciencia y basta.
Bibliografía básica:
CERVANTES,
Miguel de, Don Quijote de la Mancha, I, Edición de Felipe B. Pedraza
Jiménez y Milagros Rodríguez Cáceres, Barcelona, Edebé, 2005.
QUEVEDO
y HOYOS, Antonio, Libro de indicios y tormentos que contiene toda la
práctica criminal, Madrid, Imprenta Francisco Martínez, 1632.
HERAS SANTOS, José L. de las, “Los galeotes de los Austrias: la penalidad al servicio
de la Armada”, Historia Social, nº 6, 1999, p. 127-140.
LASALA
NAVARRO, Gregorio, Galeotes y presidiarios al servicio de la marina de
guerra en España, Madrid, Editorial Naval, 1961.
MARCHENA GIMÉNEZ,
José M., La vida y los hombres de las
galeras de España (siglos XVI-XVII),
Tesis doctoral dirigida por Magdalena de Pazzis Pi Corrales, 2010.